Nueva Ley de Tráfico: estas son las 11 novedades que debes conocer
La modificación de la Ley sobre Tráfico, Circulación de vehículos a motor y Seguridad Vial entrará en vigor el próximo 21 de marzo y debes conocer los cambios introducidos en la misma.
La nueva Ley de Tráfico se hizo realidad en diciembre tras la definitiva aprobación de la mayor parte del texto modificado semanas atrás en el Senado. Esto significa que la mencionada ley adoptará nuevas medidas con la intención de «reducir la cifra de fallecidos o de heridos graves en accidentes a un número cercano a cero en el año 2050», según afirma el escrito.
Para ello, se han aprobado medidas que contemplan el endurecimiento de varias infracciones a través de la retirada de más puntos del carnet de conducir, así como la eliminación del margen de 20 km/h en los adelantamientos en vías convencionales, entre otras.
Ya no es posible superar el limite de velocidad en 20 km/h en las carreteras convencionales para adelantar
Esto cambia en la nueva Ley de Tráfico
La modificación de la Ley sobre Tráfico, Circulación de vehículos a motor y Seguridad Vial entra en vigor el próximo 21 de marzo con estos 11 puntos principales a considerar por parte de los conductores y otros usuarios de la vía.
1. Adelantamientos
Desde el momento en el que entre en vigor la nueva ley, los turismos y motocicletas ya no tendrán la posibilidad de superar el limite de velocidad en 20 km/h en las carreteras convencionales para adelantar a otros vehículos. Así, la DGT quiere reducir los riesgos generados en los adelantamientos.
2. El cinturón de seguridad
Con la nueva ley, no utilizar el cinturón de seguridad se sancionará con 4 puntos, uno más que hasta ahora. En caso de choque frontal, el cinturón de seguridad reduce en un 90% el riesgo de fallecimiento y de heridas graves en la cabeza. Además, reduce en un 75% el riesgo de heridas, fracturas y lesiones de otro tipo.
3. El uso del móvil
Una de las principales novedades de la nueva ley es que conducir utilizando el móvil pasa a ser castigado con 200 euros y 6 puntos si se tiene dicho dispositivo en la mano, y 3 si no es así.
En esta ley se incluyen algunas apreciaciones:
- Los vehículos de las Fuerzas Armadas quedan exentos mientras circulen en convoy.
- Se permite el uso de dispositivos inalámbricos certificados y homologados en el casco para conductores de motocicletas y ciclomotores siempre que no afecten a la seguridad de la conducción.
4. Vehículos de movilidad personal
Con la entrada en vigor de la nueva ley, los patinetes eléctricos se equiparan a los ciclomotores y las bicicletas en el artículo 47, por lo que deberán utilizar casco de protección en los términos reglamentariamente determinados.
Además, se prohíbe la circulación por las aceras de todos estos vehículos y se prevé la formación en conducción ciclista y en vehículos de movilidad personal, que será competencia de la Administración General del Estado.
5. Los ciclistas
La nueva ley prevé también un cambio en el modo de adelantar a los ciclistas. Ahora, los conductores que quieran hacerlo, deberán efectuar un cambio completo de carril cuando la calzada cuente con más de uno en cada sentido. Hasta ahora era suficiente con guardar 1,5 metros de distancia, pero ya no será así.
La sanción prevista en caso de no adelantar adecuadamente a un ciclista sube de 4 a 6 puntos. De igual modo, el nuevo texto prevé como infracción grave parar o estacionar en carril bus y también en carriles o vías destinadas a ciclistas.
6. El casco y las sillitas infantiles
La infracción por no utilizar el casco o el Sistema de Retención Infantil en los casos en los que sea necesario se hace más severa, pasando de 3 a 4 puntos del carnet de conducir, ya que pasa a considerarse grave. Además, ahora se sanciona igualmente su uso inadecuado.
7. Recuperar los puntos detraídos
Anteriormente, el plazo necesario para recuperar los puntos detraídos del carnet de conducir dependía de la gravedad de la infracción. Desde ahora el periodo de recuperación necesario queda unificado y será de dos años.
También se añade un artículo en el que se especifica que la superación de cursos de conducción segura y eficiente compensará con 2 puntos adicionales hasta un máximo de 15 puntos y con una frecuencia máxima de un curso de cada tipo cada dos años, siempre y cuando se cumplan los requisitos establecidos y se tenga saldo positivo.
8. Los exámenes
Con el objetivo de evitar el fraude, la nueva ley contempla como infracción muy grave el uso de dispositivos de intercomunicación no autorizados durante el examen de conducir. En el caso de producirse dicha infracción, el examinado no podrá volver a presentarse en un un plazo de seis meses y deberá pagar 500 euros de multa.
Por otro lado, se establece que la educación respecto a los conocimientos teóricos necesarios para la obtención del permiso de conducir podrán efectuarse a distancia y, tras la obtención de la autorización administrativa, esta podrá acreditarse mediante su presentación física o digital. Asimismo, podrán impartirse de manera online los cursos de concienciación y sensibilización siempre que se asegure la interacción.
9. Protocolos de contaminación
La protección del medioambiente también queda tipificada en la nueva ley, pues no respetar las restricciones de circulación derivadas de la aplicación de protocolos ante episodios de contaminación y de las Zonas de Bajas Emisiones (ZBE) será considerado una infracción grave.
También se especifica que el usuario de la vía está obligado a comportarse de forma que no entorpezca indebidamente la circulación, ni cause peligro, perjuicios o molestias innecesarias a las personas o daños a los bienes o al medioambiente.
En cuanto a las sanciones, aumenta la de arrojar a la vía o en sus inmediaciones objetos que puedan producir incendios o accidentes a seis puntos en lugar de cuatro.
10. Alcohol en menores
Desde el 21 de marzo, los menores que tengan carnet AM para conducir ciclomotores, cuadriciclos o cualquier otro vehículo estipulado en dicho permiso de conducir, no podrán circular con una tasa de alcohol en sangre o aire respirado superior a 0,0.
11. Impagos en los peajes
Finalmente, un nuevo artículo establece como infracción leve el impago de peaje, tasa o precio público, pudiendo facilitar la Jefatura Provincial de Tráfico los datos de los infractores a las entidades responsables de los mismos.
Igualmente, se sancionará con 100 euros a todo conductor que incumpla la obligación de controlar su vehículo en todo momento. También se considerará una infracción muy grave incumplir las normas en materia de auxilio en vías públicas, al igual que no incorporar alcoholímetros antiarranque en vehículos de transporte de viajeros, lo que acarrea una multa de 500 euros.
Además, la nueva Ley de Tráfico estipula que la señalización deberá realizarse en la lengua oficial del Estado y también en la oficial de cada Comunidad Autónoma, siempre y cuando esté reconocida en el estatuto de la misma y la señal esté ubicada en el ámbito territorial de dicha comunidad.
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