Audi contra Nio, los de Ingolstadt ganan a la marca de eléctricos la primera batalla judicial de 2023
A pesar de que las marcas protegen el nombre de sus modelos a nivel internacional y también en los registros de los principales mercados de venta, siempre queda el resquicio para que un fabricante cuele un nombre similar. Ha sido el caso de NIO, que ha perdido su primera gran batalla legal a manos de Audi, una guerra que no ha terminado todavía.
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Publicado: 19/01/2023 17:00
La protección de los nombres comerciales por parte de las marcas suelen llevar consigo problemas, y lo que tratan de evitar no solo solicitando el registro a nivel internacional, sino también en los mercados concretos donde un determinado modelo se venderá. Incluso, los fabricantes utilizan diferentes combinaciones para evitar que los competidores traten de encontrar el resquicio que les permita «colar» su nombre.
Es lo que le ha pasado a NIO, y que ya ha tenido una primera gran consecuencia, porque Audi demandó a la marca asiática de coches eléctricos por utilizar en Europa los nombres comerciales ES6 y ES8. La de los cuatro aros ha ganado la primera batalla en la Sala Primera del Tribunal de Distrito de Múnich, que trata de los Asuntos Comerciales, informan desde Alemania. Por sorpresa, la marca china decidió hace unos meses cambiar el nombre de algunos de los modelos, con una denominación para China y otra para Europa.
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Pero no de estos dos SUV eléctricos que venderá próximamente en el Viejo Continente, y que ya está anunciando. Unos nombres muy parecidos a los de los S6 y S8, especialmente fonéticamente hablando, que pueden generar confusión entre los clientes y pensar que los de la marca asiática son, en realidad, de la alemana, y viceversa. Justamente, el argumento que ha utilizado Audi y que ha sido compartido también por los magistrados del tribunal alemán.
El esfuerzo de NIO por hacer notar la segunda vocal del abecedario como inicial en el nombre de todos sus modelos, y en referencia a su sistema de propulsión eléctrico, no ha convencido en absoluto al tribunal, reflejando en la sentencia que «El diseño de la empresa demandada se desvía notablemente, visual y fonéticamente, de las marcas registradas por la demandante -S6 y S8- debido a la letra adicional «E» en la demandada. La letra adicional «E» asegura, sin embargo y en el presente caso, que las dos marcas no son suficientemente distintivas, al menos desde el punto de vista fonético».
NIO se verá obligada a cambiar el nombre de sus modelos en Europa
La sentencia desprende que los clientes pueden entender que la letra «E» es solamente descriptiva y, a pesar de que sea una referencia a su motor, existe el riesgo de que los consumidores supongan que el ES6 es un S6 eléctrico -e igual para los ES8 y S8-, causando confusión y un importante daño. La sentencia no es legalmente vinculante, por lo que NIO Motors puede recurrir, pero difícilmente tendrá más recorrido judicial, por lo que este fabricante se verá obligado a cambiar el nombre de sus modelos antes de ser lanzados en Europa.