Borrador del nuevo Reglamento General de CirculaciónLos taxistas ¿obligados a llevar cinturón de seguridad?

El borrador del Real Decreto con el que está trabajando el Gobierno eliminaría la exención de uso del cinturón de seguridad para los taxistas que recoge el Reglamento General de Circulación. Los distribuidores de mercancías los conductores de vehículos en servicio de urgencia y las personas que acompañen a un alumno durante el aprendizaje de la conducción también perderían la exención.

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Publicado: 22/04/2013 13:07

Los taxistas estarían obligados a utilizar el cinturón de seguridad en todo momento, según el borrador del Real Decreto que modificaría el Reglamento General de Circulación. Esta circunstancia se debe al cambio del artículo 119, donde anteriormente se especificaba la exención de este gremio y la de otros sectores. Entidades representativas del taxi ya han mostrado su oposición ante esta modificación.

El actual Reglamento recoge que “los conductores de taxis cuando estén de servicio” están “exentos de utilizar el cinturón de seguridad cuando circulen en vías urbanas con límite de velocidad de 50 kilómetros por hora o inferior”. La supresión de este texto obligaría a los taxistas a usar el cinturón siempre, y no sólo cuando circulen por vías interurbanas.

Diferentes asociaciones y entidades representativas del taxi en España han mostrado su disconformidad ante esta obligación que pretende incorporar la DGT. Según señalan, no utilizar el cinturón en vías urbanas es menos peligroso debido a las bajas velocidades a las que se circula y resulta más cómodo y práctico para el conductor que con frecuencia debe salir del coche para cargar equipaje.

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Para solicitar que se mantenga la exención, también se alega que en caso de un atraco en coches sin mampara de protección, llevar puesto el cinturón puede ser aprovechado por un atracador en los asientos traseros, ya que puede sujetar e inmovilizar al conductor contra el asiento.

El gremio taxista no es el único afectado por la modificación del artículo, ya que otros sectores que también estaban exentos no vienen reflejados ahora. Es el caso de los distribuidores de mercancías cuando realicen sucesivas operaciones de carga y descarga de, los conductores y pasajeros de vehículos en servicio de urgencia (ambulancias, policía, etc) y las personas que acompañen a un alumno durante el aprendizaje de la conducción. La única excepción que recoge el borrador será para los conductores “al efectuar la maniobra de marcha atrás o de estacionamiento”.

¿Obligar a llevar el cinturón incrementaría la seguridad del taxista en caso de accidente? Sin duda. Aún a baja velocidad, llevar el cinturón puede ser la diferencia entre salir ileso, sufrir lesiones o morir. Probablemente, que pueda resultar más cómodo para el conductor no llevarle no parece una razón de peso, ya que resulte un poco engorroso tampoco se pierde tanto tiempo en abrochar o quitar el cinturón.

Más espinoso es el asunto al pensar en un posible atraco, donde a los taxistas no les falta razón al decir que con el cinturón puesto pierden libertad de movimiento, impide salir rápido del vehículo y da una opción más al agresor para atacar e inmovilizar al taxista. Una buena medida para evitarlo sería favorecer e incentivar la instalación de mamparas protectoras en los taxis, siempre que sea posible.

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