Si tu coche no tiene etiqueta de la DGT y circulas por Madrid, ten cuidado desde ya con estas multas

El Ayuntamiento de Madrid empezará a multar desde este 1 de julio a todos los vehículos sin derecho a distintivo medioambiental que circulen por cualquiera de sus calles. Se acabó el período de gracia, así que ojo con estas multas ya vigentes.

Si tu coche no tiene etiqueta de la DGT y circulas por Madrid, ten cuidado desde ya con estas multas
Las cámaras y agentes de tráfico de Madrid ya pueden multar a los coches sin etiqueta por toda la ciudad.

6 min. lectura

Publicado: 01/07/2024 19:00

Desde que Madrid se pasó a considerar Zona de Bajas Emisiones en su totalidad en 2022, el consistorio ha ido restringiendo cada vez más el acceso de los vehículos más contaminantes a sus calles, de forma que vuelven a surgir dudas sobre por dónde se puede circular por Madrid dependiendo de la etiqueta del coche.

La última novedad es importante, y es que desde este 1 de julio los vehículos de con la etiqueta A de la DGT, aquellos de la categoría que no da derecho a distintivo físico, ya no pueden circular por el término municipal madrileño, aunque con excepciones.

Si en 2023 fue la circunvalación M-30 la gran protagonista de las restricciones de tráfico según la etiqueta medioambiental de la DGT, en este 2024 se amplía el radio de acción a la M-40.

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La Zona de Bajas Emisiones de Madrid amplía su radio de acción de las multas.

Restricciones en Madrid desde la M-30 a la M-40

Desde ya los vehículos sin derecho a la etiqueta medioambiental de la DGT, los diésel anteriores al 2006 y los gasolina anteriores al año 2000 no pueden circular por ninguna calle entre la M-30 y la M-40.

Esta medida no afecta ni a los vecinos empadronados en la ciudad de Madrid, que pagan su Impuesto de Circulación (IVTM) en la capital, así como tampoco a los vehículos de mercancías ni a las motocicletas de la categoría A.

Estos últimos, no obstante, no podrán entrar en las Zonas de Especial Protección (ZBEDEP), las de Madrid Centro y Plaza Elíptica, así como los vecinos que no estén empadronados en dichas zonas.

Tampoco se multará a los conductores que circulen por las circunvalaciones M-40, M-45 y M-50, así como por las autovías radiales, siempre que no crucen el umbral de la M-40.

Que se preparen también los residentes

El Ayuntamiento de Madrid, que prorrogó el período de pruebas hasta el 30 de junio (inicialmente estaba previsto hasta finales de febrero), ha desplegado un sistema de 500 cámaras de vigilancia distribuidas por toda la ciudad. Además, los agentes de movilidad a pie de carretera también podrán sancionar a los conductores infractores.

Durante este período de gracia, que se inició a principios de año, el consistorio ha enviado más de 350.000 cartas informativas a los propietarios de vehículos que estaban potencialmente afectados por esta medida.

De seguir adelante con el calendario inicial previsto, los próximos afectados por las restricciones de Madrid 360, el nombre con el que se engloban todas las políticas de movilidad en la ciudad, serán los propios residentes.

Aquellos con coches sin etiqueta también serán multados a partir del 2025, independientemente de que estén registrados en el censo madrileño. Eso sí, mejor esperar a que se acerca la fecha para conocer si el Ayuntamiento realiza algún tipo de excepción o prorroga esta medida, que estamos seguros que dará mucho que hablar.

Los vehículos con etiqueta B, C, así como las más beneficiosas etiquetas ECO y Cero, no sufren ningún tipo de cambio en las carreteras madrileñas. Aquí puedes consultar el distintivo ambiental que corresponde a tu vehículo en función de su matrícula, por si todavía no estás al tanto.

El Ayuntamiento ya multa a los vehículos sin etiqueta que circulan entre la M-30 y la M-40.

La multa por circular por una ZEB sin autorización

Madrid, que también multa a los vehículos que circulan sin la etiqueta de la DGT puesta en el parabrisas, se rige por la Ley nacional que regula las Zonas de Bajas Emisiones. No obstante, si no eres de Madrid, recuerda que la situación varía en función de la ciudad y que no siempre es obligatorio llevar la pegatina en el vehículo.

De esta forma, los vehículos que accedan de forma indebida en alguno de los casos antes vistos se enfrentan a una sanción de 200 euros, sin pérdida de puntos en el carné. Eso sí, por pronto pago, se pueden ahorrar la mitad de la multa.

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