Conducir en el extranjero, consejos y trámites a seguir

Estamos en verano y en estos días se realizan el mayor número de desplazamientos por carretera. Muchos optarán por el turismo nacional, pero otros cuantos decidirán cruzar fronteras y adentrarse en otros países. Estos son algunos consejos y trámites que se deben realizar para que todo vaya perfecto.

7 min. lectura

Publicado: 25/07/2015 11:00

El veranito ya está aquí. La campaña especial de la DGT para las vacaciones estivales lleva activada desde principios del mes de julio, pero es con la llegada del mes de agosto cuando se darán la mayor cantidad de desplazamientos por carretera. Muchos optarán por quedarse en el territorio nacional, pero otros cuantos cruzarán fronteras. Aquí te dejamos una serie de consejos y trámites que debes seguir para que las vacaciones no se conviertan en una pesadilla.

Recorrer el extranjero en coche es una de las mejores experiencias que podemos vivir

Antes de nada hay que decidir el plan y la ruta que queremos realizar. Si bien esta no tiene que estar definida al 100%, al menos deberíamos concretar qué países queremos cruzar. Desde 1995 Europa carece de fronteras físicas gracias a la ley Schengen que permite la libre circulación de ciudadanos y mercancías dentro de los límites de la Unión Europea. Esto no solo ayuda a que podamos cruzar fronteras sin problemas, sino que también ayuda a que podamos afrontar la circulación con nuestro carnet de conducir.

Revisa la caducidad de tu carnet de conducir. Circular con un carnet caducado es ilegal, no solo en el extranjero, sino también en el territorio nacional. Si ves que tu permiso va a caducar durante tus vacaciones, que sepas que puedes renovarlo tres meses antes de la fecha límite. En caso de renovarlo, hay que saber que el permiso provisional solo es válido para nuestro país, lo mismo ocurre con los conductores noveles, que igualmente tienen impedido la posibilidad de circular en el extranjero.

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El carnet de conducir te permite circular como turista, dentro de los límites de la Unión Europea, durante seis meses. Si vamos a estar más tiempo fuera el país conviene inscribir nuestro carnet de conducir en el país del destino. Esto no es obligatorio, pero puede ahorrarnos muchos disgustos y problemas.

El carnet de conducir internacional será obligatorio en según que países

Si nuestra intención es la de circular fuera del territorio europeo los trámites a cumplimentar serán diferentes en función del país de destino. España tiene firmados una gran cantidad de convenios con otros países, de ser así las condiciones de circulación son las mismas que si circulamos por la Unión Europea. Estos son: Argelia, Argentina, Bolivia, Chile, Colombia, Ecuador, Marruecos, Nicaragua, Perú, República Dominicana, Panamá, Paraguay, Uruguay, Venezuela, Brasil, El Salvador, Filipinas, Guatemala, Serbia, Turquía, Túnez, Ucrania y Macedonia. Fuera de estos países habrá que solicitar un carnet de conducir internacional.

En caso de necesitarlo el trámite a seguir es sumamente sencillo: Lo primero que debemos hacer es rellenar el formulario de solicitud de cuestiones varias, disponible en la página web de la DGT. Una vez tengamos esto es recomendable solicitar cita previa para así ahorrarnos tiempos de espera que pueden llegar a ser interminables. Acompañando al formulario debemos sumar fotografías tipo carnet y el documento de identidad, además de pagar 10,10 euros. Una vez completados estos pasos nos entregarán en el acto el carnet de conducir internacional con una vigencia anual.

Ahora bien, estos son los trámites que debemos seguir si nosotros queremos circular por el extranjero. En el caso de querer hacerlo con nuestro propio vehículo habrá que tener en cuenta una vez más los acuerdos firmados en la Ley Schengen. En el caso de circular por los límites de la Unión Europea no habrá problema alguno. En el caso de alejarnos del viejo continente deberemos tener todos los papeles correspondientes a nuestro coche.

Esta es la conocida "carta verde". Esencial si circulamos con nuestro coche por algunos países extranjeros

Es decir, ITV al día, permiso de circulación y seguro de accidentes. Este último caso es especial puesto que necesitaremos la conocida "carta verde". Un certificado internacional de seguro de vehículos que acredita que estamos asegurados. La legislación española no obliga a las compañías aseguradoras a incluir este certificado, pero si lo solicitamos estas deberán enviárnoslo sin problemas, siempre y cuando nuestra póliza lo permita.

Ahora bien, lo normal, una vez nos alejamos de las fronteras españolas, es alquilar. En este caso debemos saber que hay infinidad de empresas de alquiler. Sin importar el precio hay que tener especial cuidado y atención a las condiciones de la póliza que contratamos. Hay que fijarse en los límites de kilometraje que se incluyen, como las pólizas de seguro y si esta nos permite circular por países terceros, puesto que en la mayoría de ocasiones solo son válidos para los países donde alquilamos.

En conclusión, si vamos a circular en el extranjero lo mejor es tener todo bien claro y con los papeles ordenados, para que si nos paran por cualquier motivo la barrera del idioma no se convierta en un verdadero dolor de cabeza. Circular con precaución y con arreglo a los límites de velocidad establecidos. Recordaros que muchos países de la Unión Europea ya no serán tan clementes con los excesos de velocidad, así que a pesar de circular con nuestro propio coche las multas llegarán.

Sobre todo disfruta del viaje, la experiencia puede ser inolvidable

¡Buen viaje!

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