Los coches compartidos estrenarán distintivo de la DGT
La Dirección General de Tráfico (DGT) ha anunciado el establecimiento de un nuevo distintivo destinado a los coches compartidos. El distintivo «V-26 De uso compartido» permitirá a las administraciones públicas identificar este tipo de vehículos de manera rápida. Cada administración, especialmente los municipios, podrán establecer la obligatoriedad de la utilización de esta nueva etiqueta de la DGT.
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Publicado: 02/08/2018 20:00
La DGT planea introducir un distintivo único para los coches compartidos. Recientemente la Dirección General de Tráfico ha anunciado toda una batería de medidas. Entre todas ellas, una de las que más ha llamado la atención es el cambio destinado a los vehículos de emergencia que deberán usar luces azules. Hasta la publicación de esta norma, el dispositivo azul de emergencia estaba destinado a los coches de policía. Se concederá dos años a los propietarios de vehículos destinados a extinción de incendios, asistencia sanitaria y protección civil y salvamento, para que hagan el pertinente cambio y se adapten a la nueva normativa.
Sin embargo, y más allá de estos cambios relacionados con el color de los dispositivos de iluminación de emergencia de dichos vehículos, la DGT también ha propuesto el establecimiento de un distintivo destinado a los coches compartidos usados en servicios de car sharing. El Reglamento General de Vehículos incorpora en su anexo II la definición del vehículo de uso compartido, destinado al alquiler sin conductor que se dedica a un uso concatenado e intensivo por un número indeterminado de usuarios dentro de una zona de servicios delimitada.
El reglamento también estipula que el vehículo compartido debe estar disponible, en cualquier momento, para ser utilizado mediante el empleo de aplicaciones móviles. Para estos vehículos estará destinado el distintivo «V-26 Distintivo de uso compartido». Con esta nueva etiqueta de la DGT las administraciones públicas, en especial los municipios, podrán identificar de manera rápida este tipo de vehículos y adoptar las pertinentes medidas que puedan favorecer su utilización como alternativa al coche de uso privado y al transporte público urbano convencional.
Inicialmente el uso de este distintivo para vehículos compartidos puede no ser obligatorio. Todo dependerá de cada administración pública, ya que serán las encargadas de establecer su posible obligatoriedad. De ser necesario su uso, el distintivo deberá estar colocado en el ángulo superior izquierdo del parabrisas del vehículo y, si éste no dispone de parabrisas, en algún sitio que sea bien visible.
Entre los planes de la Dirección General de Tráfico se encuentran varias propuestas con las que poder impulsar y homogeneizar los servicios de coche compartido en España. Cada vez son más las compañías que están operando en territorio español. Zity, emov, car2go, Respiro y WiBLE son algunas de ellas. Como hemos venido comentando en algunos artículos, la movilidad en las principales ciudades españolas está cambiando a un ritmo vertiginoso.
Desde la AECar-Sharing (Asociación Española de Car Sharing), ha instado en numerosas ocasiones a que las administraciones tomen un papel más activo para difundir los beneficios y ventajas que los servicios de car sharing tiene para la ciudadanía.
Fuente: DGT