El Gobierno amplía los plazos para pasar la ITV (desde el 14 de marzo)
Desde el 14 de marzo las ITV se han cerrado en todo el país. Como están empezando a abrir sus puertas, hay millones de vehículos esperando. El Gobierno ha ampliado los plazos para los vehículos cuya inspección caducaban desde el estado de alarma.
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Publicado: 17/05/2020 21:30
Llegan noticias esperanzadoras para todos aquellos conductores que estaban preocupados por la caducidad de la ITV en sus vehículos este año. Si te toca pasar la ITV próximamente, o te tocaba desde el 14 de marzo, sigue leyendo.
Los vehículos cuya inspección caducó el 13 de marzo o antes se encuentran con la ITV caducada, por lo que solo podrán circular hacia una estación ITV tras haber pedido una cita previa (imprescindible), o hasta un taller para subsanar defectos señalados en primera inspección.
Hasta la fecha se había dado una prórroga de 30 días naturales para todas las inspecciones que hubiesen caducado a partir del 14 de marzo, a contabilizar a partir de la finalización del estado de alarma y sus prórrogas. La Orden SND/325/2020, de 6 de abril ha sido reemplazada por la Orden SND/413/2020, de 15 de mayo, visible en el BOE 137/2020.
La Asociación Española de Entidades Colaboradoras de la Administración en la Inspección Técnica de Vehículos (AECA-ITV) había avisado de que había demasiado vehículo pendiente de revisión, y que dicho plazo de 30 días iba a ser claramente insuficiente.
El Gobierno ha estimado la reclamación y ha ampliado el plazo de 30 días en periodos de 15 días naturales por cada semana transcurrida desde el 14 de marzo de este año. De esta forma, los plazos de inspección se alargan considerablemente y facilitarán una menor congestión de las ITV.
En todos los territorios donde se ha pasado a la Fase I las ITV podrán abrir sus puertas, sin tener en cuenta su superficie, pero siempre pidiendo cita previa a través de teléfono o por página web. AECA-ITV defiende que es la única manera de garantizar la seguridad y la higiene por COVID-19.
Fecha de inspección inicial | Periodo de prórroga (días naturales) |
---|---|
Semana 1: 14 a 20 de marzo | 30 días más 15 días adicionales |
Semana 2: 21 a 27 de marzo | 30 días más 2 periodos de 15 días |
Semana 3: 28 de marzo a 3 de abril | 30 días más 3 periodos de 15 días |
Semana n | 30 días más n periodos de 15 días |
Reproducimos literalmente la tabla que muestra el BOE 137/2020. La fecha de caducidad de la inspección se ha de comparar con el 14 de marzo, y calcular el número de semanas transcurridas. Por ejemplo, incluyendo la primera semana (14-20 de marzo) el periodo de gracia ha aumentado de 30 a 45 días naturales.
Para los vehículos cuya inspección caducase la segunda semana en estado de alarma el plazo de gracia se ha duplicado, de 30 a 60 días. De esta forma, las autoridades sanitarias confían en que aunque las ITV se demoren mucho en dar fechas, los vehículos puedan ser inspeccionados sin trasladar el perjuicio al ciudadano.
Para los vehículos agrícolas hay otra regla, hasta el 10 de noviembre las ITV serán válidas (caducadas a partir del 14 de marzo)
Veamos otro ejemplo. Supongamos un vehículo que tenía que pasar ITV el 13 de mayo. El estado de alarma no ha terminado, así que su finalización es incierta. El plazo de gracia es de 30 días mas 8 periodos de 15 días cada uno, en total, 150 días. Eso significa que la ITV no caducará en todo el verano.
Las fechas no van a correr respecto a la que figura en ficha
¿Significa esto que la próxima ITV también correrá de fecha? No. Lo dice el BOE muy clarito: «se tomará como referencia la fecha de validez que conste en la tarjeta ITV y no computará, en ningún caso, la prórroga de los certificados concedida como consecuencia de la declaración del estado de alarma y de sus sucesivas prórrogas».
En otras palabras, la fecha de futura inspección será exactamente la misma que iba a tocar en una situación de máxima normalidad. Se puede pedir cualquier fecha para ir a la ITV dentro del periodo de gracia, no cambiará la fecha de la siguiente inspección.
A la vista de lo dispuesto por la nueva Orden SND/413/2020, de 15 de mayo, ya no existe la necesidad de pedir cita cuanto antes para evitar un posible agravio por caducidad de inspección. Hay tiempo de sobra para que los vehículos pendientes de inspección y los que les sigan pasen sus inspecciones sin que estas caduquen.