¿Tienes garaje privado? Pues ahora ya no vale con pagar el VADO, habrá que abonar una tasa más por usar la acera
El Tribunal Supremo ha avalado que, además del pago del vado, en Burgos se pueda cobrar una tasa por usar aceras privadas de uso público para acceder a garajes, marcando un precedente que podría extenderse a todos los municipios de España.
El Ayuntamiento de Burgos ha dado un nuevo giro en la normativa local que puede afectar a propietarios de garajes y empresas en toda España.
A partir de ahora, no será suficiente con pagar el vado para garantizar que nadie aparque en la puerta del garaje; también se tendrá que abonar una tasa adicional por el uso de la acera para entrar y salir de la propiedad.
Esta medida ha sido avalada por el Tribunal Supremo, creando un precedente que puede ser adoptado por otros municipios.
Si tienes un garaje y para acceder a él necesitas cruzar una acera pública, podrías verte obligado a pagar una tasa adicional por utilizarla para acceder a tu propiedad
El caso de Burgos: cuando la acera es privada, pero el uso es público
Como probablemente sabrás, el pago del vado permanente garantiza que un propietario puede mantener despejada la entrada de su garaje. Gracias a esta fórmula, un vehículo que bloquee ese acceso puede ser sancionado y retirado por la grúa. De hecho, la acera suele estar rebajada para facilitar el acceso de los vehículos.
En cambio, la tasa de entrada al garaje a través de la acera es un tributo adicional que desde ahora podrá cobrarse cuando un vehículo deba cruzar una acera pública para entrar o salir de un garaje. Dado que se está utilizando un espacio de dominio público, el propietario tiene que pagar por ese uso.
Pero, ¿qué ha ocurrido en Burgos exactamente?
El conflicto surgió cuando una empresa recurrió el cobro de una tasa por parte del ayuntamiento, argumentando que la acera que utilizan sus vehículos para entrar y salir del aparcamiento es privada y, por tanto, no debería pagar ninguna tasa más allá del vado.
No obstante, el Ayuntamiento de Burgos consideraba que, aunque el suelo es privado, el uso de la acera es público, ya que los peatones pueden transitar por ella libremente.
Por lo tanto, entiende que el hecho de utilizar esa acera para el acceso de vehículos implica un uso privativo de un espacio público, similar al caso de las terrazas de los bares.
Esta interpretación no fue bien recibida por la empresa, que llevó el caso a los tribunales. En un principio, los tribunales dieron la razón a la compañía, argumentando que el Ayuntamiento no podía gravar un espacio privado.
Sin embargo, el caso escaló hasta el Tribunal Supremo, que finalmente dictaminó a favor del Ayuntamiento.
El fallo del Tribunal Supremo: una nueva tasa para los garajes
El Tribunal Supremo ha sentado un precedente al confirmar que, aunque la acera sea privada, si su uso es público, el Ayuntamiento tiene derecho a cobrar una tasa por su aprovechamiento.
Esto se basa en el artículo 20 de la Ley de Haciendas Locales, que permite imponer tasas cuando se realiza un uso privativo o especial del dominio público local.
En concreto, el fallo del Tribunal Supremo establece tres condiciones clave para que esta tasa sea aplicable:
- El uso debe ser especial o privativo.
- Debe tratarse de un uso legítimo.
- Los bienes deben estar bajo dominio público local.
¿Cómo te afecta esta medida?
A partir de esta sentencia, si tienes un garaje y para acceder a él necesitas cruzar una acera pública, es probable que ya estés pagando tanto el vado como la tasa de entrada y salida de vehículos.
Sin embargo, si la acera es privada, pero su uso es público, podrías verte obligado a pagar una tasa adicional por utilizarla para acceder a tu propiedad.
Este fallo abre la puerta a que otros ayuntamientos de España adopten medidas similares, lo que podría suponer un coste adicional para propietarios de garajes privados.
Si tienes dudas sobre si tu municipio puede aplicar esta nueva tasa, es recomendable consultar con la administración local para conocer los detalles específicos en tu área.