La reforma del carné por puntos propuesta por el Gobierno llega al Congreso
La Ley sobre Tráfico, Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Vial va a ser reformada próximamente, la cual endurecerá la norma para seguir reduciendo la siniestralidad. La tramitación da un paso hacia delante, el Gobierno propone a la cámara baja, el Congreso, la norma para su revisión y aprobación.
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Publicado: 19/03/2021 21:45
El pasado 10 de noviembre de 2020 se aprobó en el Consejo de Ministros un Proyecto de Ley para la reforma del Real Decreto Legislativo 6/2015, de 30 de octubre; en otras palabras, Ley sobre Tráfico, Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Vial. Pero este solo era el primer paso para su tramitación, como os comentamos previamente.
Durante esta semana, concretamente el martes 16, se ha aprobado el texto que se manda al Congreso de los Diputados. Allí se recogerán las enmiendas que propongan las distintas fuerzas políticas y se terminará aprobando la norma. Cuando entre en vigor será cuando sea publicada en el Boletín Oficial del Estado, pero no antes.
El proyecto de Ley presentado por el Gobierno necesitaba los informes favorables de los ministerios de Hacienda, Asuntos Económicos y Transformación Digital, Trabajo y Economía Social, Transportes, Movilidad y Agenda Urbana, Política Territorial y Función Pública, así como del Consejo Superior de Tráfico, Seguridad Vial y Movilidad Sostenible. Han dado luz verde, evidentemente.
El objetivo de la DGT es seguir reduciendo la siniestralidad, para que en 10 años se haya reducido a la mitad y se avance hasta el idílico objetivo de 0 víctimas para 2050. De momento el único enfoque realista para conseguir eso es que todos los vehículos sean conducidos por inteligencias artificiales, como va avanzando la ciencia.
Mientras tanto, habrá que seguir apostando por normas más restrictivas y que se cumplan; y si no, que se sancione más. Para ello la DGT, las CCAA con competencias en Seguridad Vial, Guardia Civil... cuentan con más medios que nunca: agentes uniformados, vehículos camuflados, drones, cámaras, radares, etcétera. Hasta llegaron a probar un avión de control aduanero del que no se volvió a saber nada.
Las medidas que van a continuación previsiblemente se aprobarán este año, salvo que la política se siga complicando al ritmo que lo hace, aunque no necesariamente en los mismos términos que el Proyecto de Ley. Puede haber enmiendas totales o parciales por cualquier grupo parlamentario.
¿Cómo nos afectará la nueva normativa?
De momento el Proyecto de Ley contempla varias medidas de las que ya hemos hablado previamente y NO están vigentes todavía:
- Salvo quienes hayan perdido todos los puntos, en dos años se recuperará el saldo genérico de 12 puntos si no se cometen más infracciones que los resten.
- Se castigará con 3 puntos el tener a bordo un detector de radar, independientemente de que se use o no (ahora se penaliza su uso), sanción económica aparte.
- Despreciar los sistemas de seguridad personales como cinturón, SRI, o casco se penalizarán con 4 puntos en vez de 3, así como su uso indebido.
- Adiós al límite de +20 km/h para adelantamientos en vías secundarias por encima de la velocidad genérica, el límite será el marcado por señales (y punto).
- La realización de cursos de conducción segura servirán para aumentar el saldo de puntos, dentro de unos límites y condiciones muy razonables.
- Utilizar pinganillos o sistemas equivalentes para hacer trampas en los exámenes se penalizarán con 500 euros y no poder presentarse de nuevo a las pruebas en seis meses.
- Manipular el teléfono móvil en marcha se castigará con 6 puntos en vez de 3, como ir bebido o drogado
Como podemos ver, algunas medidas son simplemente de sentido común, como crujir a los que buscan ventajas injustas en los exámenes o sigan poniendo en peligro la vida propia y ajena al no utilizar sistemas de archiprobada eficacia a estas alturas. Lo de sumar puntos por realizar cursos es un ¡¡ya era hora, diantres!!
Otras tienen un encaje legal un poco más retorcido. La norma actual penaliza la utilización de un detector de radar, no su tenencia. Tras la reforma, si sale tal cual, un conductor podría ser sancionado por tener un detector de radar combo anulado (solo con función de aviso) o por tener el aparato en el maletero y desenchufado. Dura lex, sed lex.
En los más de 14 años de historia del permiso por puntos, los números dan la razón al Gobierno: la siniestralidad bajó muchísimo, por encima de la media europea, y se ha pacificado mucho la circulación respecto a cómo estaba antes. Sin embargo, pasado cierto punto, la normativa puede acabar siendo opresiva y quizás no tan eficaz para el propósito con el que se redactó. Y después, ¿qué?