Madrid Central en 2020: todo lo que necesitas saber

A partir del 1 de enero de 2020 la ciudad de Madrid endurece las condiciones para circular y estacionar. Además, los vehículos de cuatro ruedas que no cuenten con distintivo ambiental dejarán de poder estacionar en el interior de la M-30 en plazas ORA/SER.

5 min. lectura

Publicado: 26/12/2019 22:30

Desde la semana que viene se endurecen las condiciones para circular y estacionar dentro del perímetro de Madrid Central, afectando fundamentalmente a los vehículos de la categoría "A", es decir, los que NO cuentan con distintivo ambiental de la DGT. Conviene conocer estos cambios para evitar desagradables sanciones. Madrid 360 no está en vigor.

Para los vehículos ECO y Cero no hay ningún cambio, tampoco para los que cuentan con los distintivos "B" (salvo autoescuelas, véase punto 5) o "C". Recordamos que algunos vehículos pueden mejorar su distintivo ambiental si se puede acreditar que cumplieron por adelantado la normativa correspondiente, o si cumplen las condiciones de la etiqueta "C" y han sido adaptados a GLP o GNC.

1) Dos calles menos

A partir del 1 de enero dejarán de formar parte del ámbito de Madrid Central las calles Mártires de Alcalá y Seminario de los Nobles, con el objetivo de reducir el tráfico en las zonas circundantes y para que sean sancionados menos conductores que entran por despiste.

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No obstante, esta modificación no tendrá ningún efecto sobre las sanciones que se hayan emitido antes del 1 de enero, ni cabe recurso contra ellas al haber estado la normativa correspondiente en vigencia. Cambiarán de sitio la señalización horizontal y vertical, así como las cámaras.

2) Sin distintivo, fuera del interior de la M-30

Aquellos vehículos que no tengan distintivo ambiental no podrán aparcar en el interior de la M-30 en zona ORA/SER, salvo residentes (en su barrio) o para acceder a aparcamientos subterráneos o comunitarios. Los vehículos que tienen derecho a distintivo deben llevarlo puesto, y eso no es nuevo.

El ayuntamiento ha puesto en marcha una campaña para informar a los afectados

Los residentes podrán seguir circulando y estacionando sus turismos y todoterrenos sin distintivo ambiental hasta el año 2024, y desde el 1 de enero de 2025 no podrán hacerlo y deberán retirar los vehículos, venderlos o darlos de baja. Entre las excepciones están los vehículos destinados al transporte de personas con movilidad reducida (PMR).

3) Motos

Se mantiene prácticamente igual, las motos, ciclomotores y triciclos sin distintivo ambiental podrán entrar en Madrid Central, pero solo si se trata de residentes. Podrán seguir accediendo con distintivos "B" y "C" entre las 07 y las 22 horas (salvo vehículos autorizados de reparto, hasta las 00:00), y las motos ECO o Cero tienen libertad de movimientos.

En cuanto al estacionamiento en superficie en zona ORA/SER, las motos, triciclos y ciclomotores sin distintivo ambiental podrán seguir aparcando como ya estaban haciéndolo ahora. Esto seguirá así hasta que entre en vigor Madrid 360, la evolución de Madrid Central que está todavía pendiente de aprobación.

Fotografía: Contando Estrelas (Flickr) CC BY-SA

4) Vehículos históricos

Los vehículos con la consideración formal de históricos (RD 1247/1995, de 14 de julio) sí podrán acceder a la zona ORA/SER, siempre y cuando no haya un escenario 2 del plan de calidad del aire (Plan A) y abonando el máximo de la tarifa. Salvo modelos de colección modernos, ninguno tiene derecho a distintivo ambiental.

En cuanto a Madrid Central, solo podrán acceder con vehículos históricos los empadronados, el resto no, ni siquiera para acceder a un aparcamiento subterráneo o comunitario. Esto se aplica tanto para turismos y todoterrenos como para vehículos de dos y tres ruedas. También hay excepciones para el traslado de PMR.

5) Otros cambios

De forma breve, enumeramos otras medidas que son de interés:

  • No se podrán dar nuevas invitaciones para acceder a Madrid Central para vehículos sin distintivo ambiental
  • Se amplían los permisos para acceder a colegios de Madrid Central por parte de no residentes
  • Se permitirá el paso a Madrid Central de vehículos de más de 3.500 kg de MMA aunque no tengan distintivo ambiental
  • Las autoescuelas con vehículos "B" no podrán realizar prácticas en Madrid Central
  • Los vehículos de servicios públicos (urgencias de suministros, asistencia domiciliaria o autorizados) podrán seguir accediento a Madrid Central sin el distintivo ambiental.

Para más información, consulta la Ordenanza de Movilidad Sostenible (BOCM 20181023-36).

Fuente: Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid

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