El Plan A de Madrid: bajar el límite de velocidad en M30 y M40
Madrid bajará la velocidad máxima en las M30 y M40 a 70 km/h, así como fuertes restricciones a los vehículos que no posean el etiquetado de emisiones de la DGT. Estas y otras medidas han sido propuestas en el Plan A, el Plan de Calidad de Aire y Cambio Climático, que contempla drásticas medidas para tratar de combatir la elevada polución que sufre la capital española.
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Publicado: 13/03/2017 12:50
El Ayuntamiento de Madrid ha presentado hoy su Plan de Calidad de Aire y Cambio Climático, denominado simplemente como Plan A, en el que se contemplan drásticas medidas para tratar de combatir el exceso de contaminación que sufre la capital española.
Entre las medidas que afectan más directamente al sector del automóvil y a los conductores se encuentran graves reducciones de velocidad en las circunvalaciones más importantes de la capital y fuertes restricciones al aparcamiento dentro de la zona central, denominada almendra central, de la urbe.
Además, el plan incluye la intención de crear zonas, en ciertas áreas de la almendra central, de bajas emisiones, reservadas solo a los residentes y donde se fomentará el transporte público y en bicicleta.
Entre las medidas adoptadas, las más llamativas son la reducción de la velocidad en los anillos de circunvalación de la M30 y M40 de los 90 km/h actuales a solo 70 km/h. La misma velocidad máxima permitida durante los episodios de alta contaminación. En otras zonas interiores se reducirá a 30 km/h la velocidad máxima.
Se crearán aparcamientos disuasorios en el exterior para promover que los que deban acceder a la almendra central empleen el transporte público y se implementará una política más restricitiva en el acceso a la zona central y las zonas de aparcamiento regulado.
Los vehículos que dispongan de etiqueta ECO recibirán un descuento del 50 por ciento en las zonas de estacionamiento regulado, S.E.R, mientras que los vehículos de cero emisiones podrán aparcar de manera gratuita.
A partir de 2020 todos los vehículos que no dispongan de la correspondiente etiqueta de emisiones de la DGT tendrán prohibido aparcar en los estacionamientos del S.E.R., por lo que los turismos con motor de gasolina anteriores al año 2000 y los diésel anteriores a 2006 no podrán aparcar en la calle. Sí podrán circular y estacionar en recintos privados.