¿Pueden multarte por aparcar demasiado cerca de otro coche? Sí, y no es barato

El conductor habitual de los entornos urbanos sabe bien lo complicado que resulta encontrar aparcamiento. Pero no todo vale y en ocasiones impedir el acceso o maniobra a otros vehículos puede ser motivo de sanción.

¿Pueden multarte por aparcar demasiado cerca de otro coche? Sí, y no es barato
En todo momento debemos dejar suficiente distancia para que otros usuarios puedan acceder a sus vehículos

6 min. lectura

Publicado: 05/04/2021 17:30

No hace falta vivir en una gran ciudad para saber que el entorno urbano acostumbra a ser poco propicio para el aparcamiento. Basta con vivir en una zona muy poblada y con plazas de aparcamiento insuficientes para comprobarlo.

Muchos son los ayuntamientos que han puesto en marcha iniciativas para intentar paliar este problema, como las zonas de estacionamiento regulado, los aparcamientos disuasorios o la incentivación del transporte público. Sin embargo, muchas zonas de las ciudades o núcleos urbanos siguen planteando muchos problemas al conductor a la hora de aparcar.

La cuantía de la multa depende de las ordenanzas municipales de cada ayuntamiento

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No es de extrañar, por tanto, que muchos opten por aprovechar cualquier hueco u oportunidad para dejar el coche y algunas de ellas suponen una infracción y su consiguiente multa.

En nuestra sección de artículos y tutoriales prácticos hemos hablado ya de muchas de ellas, como por ejemplo aparcar en la acera, en una plaza reservada para discapacitados o sobre un paso de peatones.

Pero, en esta ocasión, vamos a centrarnos en lo que nos puede pasar si aparcamos demasiado cerca de otro vehículo, entorpeciendo con ello el acceso al mismo o su capacidad de maniobra para salir.

¿Existe multa por aparcar demasiado cerca de otro coche?

Sí, existe, aunque la cuantía de la multa depende de las ordenanzas municipales de cada ayuntamiento. Por regla general, la multa por aparcar demasiado cerca de otro vehículo oscila entre los 80 y los 200 euros, aunque como decimos esta depende de lo que cada ayuntamiento considere oportuno.

Un ejemplo de ello es el Ayuntamiento de Palma de Mallorca, que en 2018 difundió un vídeo a través de sus redes sociales para concienciar a los conductores de este problema. En aquel caso, el propietario del vehículo fue sancionado con 200 euros.

¿Qué dice la ley?

No existe una medida concreta mínima que dejar a la hora de aparcar, pero es evidente que la lógica nos dice que debemos hacerlo de manera que el resto de usuarios puedan acceder a sus vehículos de manera cómoda o, al menos, relativamente sencilla.

Si aparcamos en batería, deberemos dejar una distancia razonable en los laterales, mientras que si lo hacemos en línea, deberemos asegurarnos de que permitimos suficiente distancia como para que el coche de delante y de atrás puedan maniobrar para salir del lugar en el que han estacionado antes de que llegáramos.

Este Volkswagen Käfer (Escarabajo) ha salvado el paso de peatones, pero a consecuencia de ello ha encajonado al coche de detrás, exponiéndose a ser multado.

Tomamos como ejemplo la ordenanza de la Comunidad de Madrid, que dice lo siguiente:

«El estacionamiento deberá realizarse de tal manera que el vehículo no obstaculice la circulación ni constituya un riesgo para el resto de los usuarios de la vía, cuidando especialmente la colocación del mismo y que la distancia con el borde de la calzada sea la menor posible».

«Cuando el espacio destinado a estacionamiento esté delimitado en el pavimento, deberá estacionarse dentro del área marcada. El estacionamiento se efectuará de forma tal que permita la ejecución de las maniobras de entrada y salida y permita la mejor utilización del espacio restante para otros usuarios».

Otras multas relacionadas con el aparcamiento

Como ya hemos dicho, el Reglamento General de Circulación no contempla una sanción concreta por aparcar demasiado cerca de otros vehículos, pero sí otras posibles sanciones:

  • Vulnerar el régimen de parada y estacionamiento en vía urbana regulado por la ordenanza municipal incumpliendo las limitaciones horarias de duración del estacionamiento (art. 93): 80 euros.
  • Parar en zona destinada para estacionamiento y parada de uso exclusivo para el transporte público urbano (art. 94): 200 euros.
  • Estacionar en un carril o parte de la vía reservada exclusivamente para el servicio o circulación de determinados usuarios cuando obstaculice gravemente la circulación o sea un riesgo para los peatones (art. 94): 200 euros.
  • No señalizar la presencia de un vehículo inmovilizado para realizar una parada o estacionamiento (art. 109): 80 euros
  • No obedecer la señal de parada y estacionamiento prohibido (señal R-307) (art. 154): 200 euros
  • No obedecer la señal de estacionamiento prohibido (señal R-308) (art. 154): 200 euros
  • No obedecer la señal de estacionamiento prohibido los días impares (señal R-308 a) o pares (señal R 308 b) (art. 154), primera o segunda quincena: 200 euros.
  • No obedecer la señal de estacionamiento prohibido en vado (R-308 e) (art. 154): 200 euros.

Fotos: Pixabay

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