Ser ruin sale caro: multa y cárcel por aparcar en una plaza de movilidad reducida
Un juez de Palma de Mallorca ha condenado a un hombre de 62 años por aparcar en una plaza reservada a personas de movilidad reducida utilizando una tarjeta de aparcamiento falsa.
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Publicado: 21/09/2022 12:00
La jueza de una de las salas de lo Penal del juzgado de Palma de Mallorca ha condenado a un hombre de 62 años y nacionalidad española a 6 meses de prisión y una multa económica de 720 euros por una acción ruin y egoísta como es hacerse pasar por una persona con movilidad reducida para aparcar en las plazas habilitadas para ello.
El suceso por el cual ha sido condenado ocurrió el pasado 14 de febrero en una de las calles de la capital balear. El condenado había encargado a una tercera persona que elaborase una tarjeta de movilidad reducida falsa con una foto suya.
Este tipo de tarjeta certifica que la movilidad de su titular se ha visto limitada por una enfermedad o dolencia
Al utilizarla el día de los hechos en el parabrisas de su Mercedes-Benz, fue descubierto por utilizar un número de tarjeta que correspondía a otro residente de Palma de Mallorca expedido en 2008 y con vigencia hasta 2023.
Pena de cárcel y multa económica
El acusado ha reconocido su infracción ante la jueza, que lo ha condenado a 6 meses de cárcel y una multa económica de 720 euros. Los cargos imputados son delito de falsedad en documento oficial y el Ministerio Público había solicitado una pena de 9 meses de cárcel y 1800 euros de multa, según informa el medio local Última Hora.
Aunque la pena pueda parecer elevada, lo cierto es que este ciudadano mallorquín puede darse por satisfecho, ya que las penas fijadas por el Código Penal para este tipo de casos oscilan entre los 6 meses y los 3 años de prisión, acompañada de una sanción de entre 6 y 12 meses.
Además, aparcar en una plaza reservada a personas con movilidad reducida sin tarjeta o haciendo un uso indebido de la misma acarrea una multa de 200 euros.
Esto irá acompañado de la retirada del vehículo por parte de la grúa municipal, algo que queda tipificado en el artículo 105 e) de la Ley de Tráfico.
¿Qué sentido tiene reservar plazas para personas con movilidad reducida?
Las personas que disponen de este tipo de tarjeta, que certifica que su movilidad se ha visto limitada por una enfermedad o dolencia, tienen dificultades para subir y bajar de sus vehículos, así como para recorrer distancias relativamente largas, sortear bordillos, aceras estrechas o en mal estado y, en general, todo tipo de barreras arquitectónicas presentes en las ciudades.
Por ello las autoridades contemplan la reserva de plazas destinadas a personas con movilidad reducida, que deben acreditar ante un tribunal dicha condición y así acceder a la tarjeta identificativa.
Esto deja una cosa clara: a pesar de que muchos ciudadanos consideran este derecho un privilegio innecesario, lo cierto es que privar a este tipo de personas de una plaza reservada no hace sino demostrar el egoísmo y ruindad de quienes acostumbran a realizar este tipo de prácticas.
¿Qué requisitos son necesarios para obtener la tarjeta de movilidad reducida?
Como hemos comentado anteriormente, esta tarjeta está destinada a personas con limitaciones de movilidad, que deben ser certificadas del siguiente modo:
- Certificado que acredite un grado de discapacidad igual o superior al 33%.
- Certificado que acredite baremo de movilidad reducida con dictamen positivo.
- En el caso de discapacidad visual, acreditación de capacidad igual o inferior al 10% o un rango visual menor o igual a 10 grados en el ojo con mejor visión.
- Ser usuario físico o jurídico encargado de transporte colectivo de personas con discapacidad.
Dicha tarjeta debe ser solicitada en el centro de valoración o centro base asignado a la zona de residencia del titular de la tarjeta, o en algunos casos a través del ayuntamiento correspondiente.
Fotos: Freepik | Pixabay