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La multa más cara que pone la DGT no es por conducir de forma incorrecta, sino por llevar este objeto en el coche

La normativa de tráfico prevé múltiples situaciones consideradas como infracción. La mayoría guardan relación con nuestra forma de actuar al volante, pero la más cara de todas guarda relación con un dispositivo que algunos instalan en sus vehículos.

La multa más cara que pone la DGT no es por conducir de forma incorrecta, sino por llevar este objeto en el coche
Por muy bien que conduzcas, si llevas un objeto concreto instalado en el coche podrás ser multado. - Freepik

4 min. lectura

Publicado: 07/08/2024 11:00

Desde el 1 de julio de 2016, en España las infracciones de tráfico no sólo se castigan con una sanción económica, sino que también pueden acarrearnos la pérdida de puntos del carnet de conducir.

Todo conductor novel se incorpora al tráfico con ocho puntos, y si no pierde ninguno de ellos durante los siguientes dos años, pasará a tener 12. Después de tres años más sin recibir una sanción con pérdida de puntos, recibirá dos más. Finalmente, tres años más tarde, podrá llegar al máximo de 15 puntos si ha seguido conduciendo sin cometer infracción alguna que sea castigada con la pérdida de puntos.

Pero lo que existe desde mucho antes es la sanción económica, que generalmente no pasa de unos cientos de euros, pero que en determinados casos puede llegar a ser de más de 1.000 euros. Ello dependerá de cómo catalogue la Dirección General de Tráfico (DGT) la multa:

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  • Infracciones leves: sanción económica de hasta 100 euros sin pérdida de puntos.
  • Infracciones graves: 200 euros de multa y pérdida de entre 2 y 6 puntos.
  • Infracciones muy graves: al menos 500 euros y pérdida de 6 puntos del carnet.

La multa más cara: 6 puntos y 6.000 euros

La ley prevé numerosos casos en los que un conductor puede perder puntos de su carnet de conducir. Algunos de los más típicos son conducir superando la tasa máxima permitida de alcohol en sangre, utilizar el teléfono móvil o incluso tirar una colilla de cigarrillo a la carretera.

Sin embargo, aunque algunas de ellas son castigadas con la retirada de seis puntos del carnet de conducir, e incluso pueden considerarse un delito penal, ninguna de ellas se acerca en sanción económica al hecho de llevar un objeto muy perseguido por las autoridades en el vehículo.

Se trata del inhibidor de radares, que en caso de ser detectado en tu vehículo te acarreará una multa de 6 puntos y 6.000 euros.

Los inhibidores y detectores de radar están prohibidos, no así los avisadores.

Este dispositivo tiene la capacidad de alertar de la presencia de un radar de tráfico, pero además también inhabilitan su funcionamiento, ya que impiden una lectura correcta de la velocidad del vehículo.

Existen otros dos tipos de dispositivos relacionados con los radares. El avisador de radar está permitido, ya que simplemente se limita a alertar de la presencia de uno. De hecho, los utilizamos habitualmente a través de aplicaciones móviles como Google Maps, Waze o Magic Earth.

También existen los detectores de radares, que sí están prohibidos porque no basan su funcionamiento en una base de datos pública, sino que detectan activamente las señales de los radares. En caso de llevar uno, te arriesgas a una multa de 500 euros y tres puntos del carnet de conducir.

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