¿Sabías que la DGT te puede multar por repostar tú mismo en la gasolinera? Esta es la multa
En los últimos años, las gasolineras en modalidad de autoservicio se han convertido en la norma habitual, obligando a los conductores a repostar por sí mismos sus vehículos. Sin embargo, la DGT prevé una multa en una situación concreta.
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Publicado: 18/09/2024 13:00
En la última década, la proliferación de gasolineras de autoservicio ha sido imparable debido a la competencia de precios entre estaciones de servicio.
Cada vez es más común encontrarnos con estaciones donde debemos repostar y pagar nosotros mismos. Sin embargo, lo que muchos conductores desconocen es que, dependiendo del tipo de gasolinera, el hecho de repostar por nuestra cuenta puede suponer una infracción sancionable.
Tipos de gasolineras y sus normativas
Existen dos tipos de gasolineras de autoservicio: aquellas que cuentan con personal de asistencia en la zona de cobro y las que no disponen de ningún trabajador en la estación.
En ambas, el conductor se encarga de repostar el combustible, pero en las segundas es necesario gestionar también el pago en el propio surtidor, normalmente con tarjeta de crédito.
A pesar de su aparente similitud, legalmente estos dos tipos de estaciones tienen diferencias importantes. Según el Reglamento General de Circulación, las gasolineras de autoservicio están obligadas a ofrecer ciertos elementos de seguridad para los usuarios, como guantes y papel para limpiar posibles derrames de combustible.
Además, todas deben estar claramente identificadas tanto en el exterior como en los surtidores, con la palabra «autoservicio», para evitar confusiones.
Además de estos dos tipos, aún quedan algunas gasolineras atendidas. Es decir, que cuentan con empleados destinados a realizar todo el proceso.
¿Qué ocurre en las gasolineras atendidas?
En las estaciones de servicio tradicionales, donde hay personal capacitado para manejar los surtidores, sólo los empleados están autorizados a manipular el combustible. Este personal está cualificado para trabajar con sustancias inflamables, lo que reduce el riesgo de incidentes.
Multa por repostar en una gasolinera atendida
A consecuencia de lo expuesto, si un conductor decide repostar por su cuenta en una gasolinera que no funcione bajo régimen de autoservicio, está cometiendo una infracción. Según la Dirección General de Tráfico (DGT), esta acción está sancionada con una multa de 100 euros.
Aunque la normativa es clara y la sanción de 100 euros está estipulada, en la práctica estas multas no suelen aplicarse de manera frecuente.
Sin embargo, es importante tener en cuenta que las estaciones de servicio están bajo la supervisión de las autoridades y, si se detecta una infracción, la sanción puede llegar en cualquier momento.
Lo cierto es que la infracción en sí misma parece bastante incongruente, pues no en vano la operación de repostaje es la misma tanto en una gasolinera en régimen de autoservicio como en una atendida.
En las primeras se permite al cliente, que no tiene cualificación para manejar sustancias inflamables, mientras que en la segunda se le prohíbe hacerlo por esa misma razón.
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