¿Cuál es la multa por exceso de peso y de quién es la responsabilidad?
En el mundo del transporte de mercancías es relativamente habitual que se produzcan desplazamientos con exceso de peso, algo que está penado con sanciones que comienzan en los 301 euros de multa, pero que en función de la gravedad pueden ser muy superiores.
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Publicado: 21/07/2020 15:30
Aunque la legislación sobre el peso de los vehículos y la masa máxima autorizada que legalmente estos pueden transportar requiere la atención de cualquier usuario -sea profesional del transporte o no, y circule con un turismo o con un camión-, lo cierto es que su aplicación está especialmente controlada en el caso del transporte de mercancías, pues vulnerar dicha legislación influye en numerosos aspectos y contempla multas económicas desde los 301 a los 4000 euros, pero no sólo eso.
Y es que el exceso de peso en los vehículos de transporte de mercancía puede provocar, por un lado, el evidente peligro para la seguridad vial, ya que estos y componentes como los neumáticos, las suspensiones o los frenos no estarán preparados para soportar dicha carga adicional. Además, la Dirección General de Tráfico (DGT) considera que circular de ese modo acarrea daños en la infraestructura de la red vial.
Desde el punto de vista comercial, ocasiona una distorsión de la ordenación y competencia del transporte, pues permite a determinadas empresas o trabajadores del sector aumentar su rendimiento y oferta de manera desleal.
¿Quién es responsable de la infracción?
Si se produce un control y se determina que el vehículo circula con exceso de peso sobre la masa máxima autorizada (MMA), la responsabilidad de la sanción recae en todos aquellos que han intervenido en la contratación y realización del servicio. Por tanto, el transportista, el cargador, el expedidor y el intermediario tendrán que asumir la infracción, excepto si alguno de ellos demuestra que esta no le es imputable.
De igual modo, en el caso de los servicios de mudanzas o paquetería, el cargador y el expedidor no serán responsables a menos que quede demostrada su directa actuación en la infracción.
Si el motivo de la infracción es un exceso de peso sobre la masa máxima por eje, la persona responsable será la que haya realizado la distribución de la carga en el vehículo o quien haya dado las instrucciones para ello.
Pérdida de honorabilidad
La honorabilidad es uno de los cuatro requisitos básicos de acceso a la actividad de transporte. Los otros tres son la capacidad financiera, la competencia profesional y establecimiento.
Circular con exceso de peso puede suponer la pérdida de honorabilidad si se considera que la infracción es muy grave, lo que supondrá la suspensión por un año de las autorizaciones de transporte, lo que en la práctica conlleva la quiebra de la empresa al producirse la pérdida de clientes a los que no se puede atender, despido de trabajadores, etc. Ello viene contemplado en el Reglamento de la Ley de Ordenación de Transportes Terrestres (ROTT), que entró en vigor en febrero de 2019.
Estas son las sanciones por circular con exceso de carga
El Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana contempla tres escenarios principales de infracción: leve, grave y muy grave.
Infracción leve
En este caso, las sanciones oscilan entre los 301 y los 400 euros y esta infracción sea detectada durante su comisión en carretera, se procederá a inmovilizar el vehículo hasta que se supriman los motivos de la infracción.
Sobre MMA | Exceso total | Sobre ejes | Exceso total |
---|---|---|---|
Más de 12 Tm | Igual o mayor del 2,5% | Más de 12 Tm | Igual o mayor del 15% |
Igual o inferior a 12 Tm | Más del 5% | Igual o inferior a 12 Tm | Igual o mayor del 20% |
Infracción grave
La infracción intermedia considera sanciones que van desde los 801 hasta los 1000 euros de multa.
Sobre MMA | Exceso total | Sobre ejes | Exceso total |
---|---|---|---|
Más de 12 Tm | Igual o mayor del 10% | Más de 12 Tm | Igual o mayor del 25% |
Igual o inferior a 12 Tm | Más del 15% | Igual o inferior a 12 Tm | Igual o mayor del 30% |
Infracción muy grave
Finalmente, las sanciones más graves son las que conllevan una multa económica que comienza en los 2001 euros y finaliza en los 4000 euros.
Sobre MMA | Exceso total | Sobre ejes | Exceso total |
---|---|---|---|
Más de 12 Tm | Igual o mayor del 20% | Más de 12 Tm | Igual o mayor del 40% |
Igual o inferior a 12 Tm | Más del 25% | Igual o inferior a 12 Tm | Igual o mayor del 50% |
En todos los casos, el transportista debe hacerse cargo de la custodia del vehículo y la carga que transporta, así como de los gastos derivados de su inmovilización o traslado.
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