Esta es la multa por invadir el carril contrario

La multa por invadir el carril contrario será la de conducción negligente; es decir, 200 euros y sin retirada de puntos del carnet de conducir. En los casos más extremos se podría considerar conducción temeraria, con multa de 500 euros y retirada de 6 puntos del carnet de conducir.

Esta es la multa por invadir el carril contrario
Lo habitual es que se denuncie por conducción negligente, con una multa de 200 euros.

3 min. lectura

Publicado: 16/07/2020 19:00

No respetar el sentido de la circulación conlleva riesgos realmente importantes para nosotros y el resto de usuarios de la vía pública. Así que, como seguro habrás podido imaginar, hay multa por invadir el sentido contrario y sin importar en qué medida lo hagamos o durante cuánto tiempo. Lo que es evidente es que tendrán que 'pillarnos' para formular la correspondiente denuncia las autoridades competentes.

Por invadir el carril contrario se entienden acciones como pisar el carril contrario con nuestro vehículo cuando existe una línea continua, por ejemplo, que nos impide el adelantamiento. O cuando circulamos por una vía urbana si, por despiste, nos 'colamos' en el carril de sentido opuesto. Sea cuando sea, todo este tipo de acciones son invasiones del carril contrario y pueden acarrear una multa.

No es lo mismo circular en sentido contrario que invadir un carril de circulación opuesta.

¿Cuánto es la multa por invadir el carril contrario?

Lo más habitual es que este tipo de acciones, aunque habría que revisar las particularidades de cada caso y la denuncia formulada por las autoridades competentes, se catalogue como conducción negligente. En este caso la multa por invadir el carril contrario tendría un importe de 200 euros, como siempre, con la correspondiente bonificación del 50% por pronto pago. Es decir, tendríamos que pagar 100 euros si no queremos presentar un recurso.

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Hay diferencias muy importantes entre circular en sentido contrario, que puede llegar a ser considerado conducción temeraria, y sencillamente invadir de forma puntual el carril contrario. Por eso señalamos que la sanción económica sería de 200 euros, tratándose de conducción negligente, y no de 500 euros. Por otro lado, la conducción temeraria -para algunos casos en los que se circula en sentido contrario- conlleva la retirada de seis puntos del carnet; la conducción negligente, por invadir el carril contrario, no conlleva retirada de puntos del carnet de conducir.

Para situaciones en las que se invade el carril contrario, si se provoca 'un riesgo o peligro grave, real, específico y efectivo para la vida o la integridad de terceras personas' sí se podría formular una denuncia por conducción temeraria. No es lo habitual, como ya avanzábamos anteriormente, pero en los casos más graves se podría llegar a la pena de prisión de hasta dos años y la privación del derecho a conducir durante uno a seis años como máximo.

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