Neumáticos equivalentes: ¿qué medidas puedo montar en mi coche?

Todo vehículo viene de fábrica con una medida de neumático y llanta seleccionada por los ingenieros de la marca, pero podemos modificarla en función de nuestras necesidades y preferencias. Pero, ¿hasta qué punto?

Neumáticos equivalentes: ¿qué medidas puedo montar en mi coche?
Podemos cambiar los neumáticos y las llantas de nuestro coche, pero con cuidado. - Pixabay

5 min. lectura

Publicado: 21/01/2021 15:30

Hoy en día las modas y prestaciones de los vehículos actuales han generado una tendencia a utilizar neumáticos cada vez más anchos montados en llantas cada vez más grandes. Eso implica, por un lado, mayor agarre y velocidad en curva, pero por otro mayor resistencia al avance y también consumo de combustible. Y, en lo relativo al bolsillo, mayor gasto al ser los recambios más costosos.

Pero, tanto si queremos adaptar el tamaño de nuestras ruedas al uso habitual de nuestro vehículo, como si queremos darle más agarre o una presencia más imponente, lo cierto es que no tendremos libertad total a la hora de realizar el cambio y sólo podremos utilizar medidas de neumáticos equivalentes.

Tendremos limitaciones para aumentar el ancho de la banda de rodadura o la altura del flanco, pero también el diámetro de la llanta

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Dicho de otro modo, la ley establece un límite que no podremos sobrepasar a la hora de modificar las medidas de nuestros neumáticos, algo que viene determinado por la ficha técnica del vehículo o tarjeta ITV.

La razón principal es que un cambio inadecuado puede provocar un cambio de comportamiento muy acusado en el vehículo, así como alteración del agarre, la frenada o incluso roces con otras partes del mismo.

Qué dice la ley

Como hemos avanzado, en la documentación de nuestro vehículo tendremos las medidas homologadas para nuestro vehículo, concretamente en el apartado «Opciones incluidas en la homologación de tipo».

En dicho epígrafe veremos diferentes medidas que, según la ley, no pueden superar el 3% de variación del diámetro original. Todo esto es válido tanto para el neumático como para la llanta en la que se monta, por lo que tendremos ciertas limitaciones para aumentar el ancho de la banda de rodadura, pero también el diámetro de la llanta.

Siempre que cumplamos los requisitos de la tarjeta ITV y la ley, podremos montar diferentes neumáticos sin necesidad de ningún otro trámite y con la seguridad de circular de manera legal. Pero, si por el contrario, no seguimos los siguientes criterios previstos en el Real Decreto 866/2010, tendremos que iniciar el proceso de homologación:

  • Índice de capacidad de carga igual o superior a los mínimos indicados en la tarjeta ITV.
  • Categoría de velocidad igual o superior a los mínimos indicados en la tarjeta ITV.
  • Igual diámetro exterior, con una tolerancia de ± 3%.
  • Que el perfil de llanta de montaje sea el correspondiente al neumático.

De igual modo, si se monta un neumático equivalente, pero este interfiere en otras partes del vehículo, se considerará ilegal.

Cómo homologar una medida de neumático no equivalente

En el caso de querer montar unos neumáticos que no son equivalentes al no cumplir los requisitos definidos anteriormente, siempre se puede regularizar la situación aportando los siguientes documentos para su legalización e inclusión en la Tarjeta de Inspección:

  • Informe de conformidad emitido por un Servicio técnico designado para reformas de vehículos o por el fabricante del vehículo, inscrito en el registro de firmas autorizadas de fabricantes de la autoridad de homologación.
  • Certificado del taller instalador debidamente dado de alta en el Registro Especial de talleres correspondiente. Debe especificar en el apartado de Observaciones la identificación de los equipos o sistemas modificados.

Para agilizar este proceso en la medida de lo posible, es conveniente aportar los siguientes datos al laboratorio de homologación o al fabricante:

  • Fabricante del vehículo y modelo.
  • Clase de vehículo.
  • Matriculación inicial.
  • Potencia en KW.
  • Velocidad máxima.
  • Cargas del eje delantero y trasero.

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