Esta ignorada norma ilegaliza cientos de radares de tráfico en España (y permite recurrir miles de multas)
Una normativa creada en 2011 revela que cientos de radares en España incumplen la normativa europea de instalación. Esta circunstancia permite a los conductores recurrir multas emitidas por dispositivos mal ubicados y cuestiona la legalidad de muchas sanciones vigentes.
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Publicado: 11/11/2024 16:00
El objetivo de los radares es velar por la seguridad de las carreteras y reducir los accidentes mediante el control de velocidad.
Sin embargo, la instalación incorrecta de estos dispositivos no sólo plantea un problema de legalidad, sino también de seguridad, ya que puede interferir con el desempeño de las barreras en caso de colisión, poniendo en riesgo a conductores y pasajeros.
En España, los radares de tráfico juegan un papel crucial en la seguridad vial y en la disuasión de infracciones. Pero una normativa específica y poco conocida está poniendo en duda la legalidad de muchos de estos dispositivos, abriendo la puerta para que miles de sanciones sean recurribles.
El incumplimiento de cualquiera de estas normativas representa una oportunidad para recurrir.
La normativa ignorada que pone en jaque a los radares de la DGT
La normativa UNE EN 1317, una regulación de la Unión Europea en vigor desde 2011, establece requisitos específicos de seguridad para la instalación de sistemas de contención de vehículos en las carreteras.
Este reglamento, que incluye las barreras de seguridad, establece lo que se denomina «anchura de trabajo». O, dicho de otro modo, la distancia libre mínimamente exigible para su deformación en caso de impacto.
Pongamos como ejemplo un accidente en el que un vehículo impacta contra una barrera de seguridad situada en el arcén de una autovía. Al hacerlo, dicho elemento se deforma, impidiendo que el vehículo salga disparado y reduciendo la violencia del golpe.
Sin embargo, si algún elemento fijo se interpone en esa «anchura de trabajo», la barrera no podrá cumplir su cometido y el vehículo golpeará contra el mismo, agravando las potenciales consecuencias del accidente.
Según la mencionada norma, a los radares de tráfico también se les exige respetar la anchura de trabajo. Es decir, mantener una distancia mínima de 1,30 metros respecto a estas barreras para garantizar su operatividad y no interferir en la función de contención en caso de accidente. Más aún teniendo en cuenta que muchos quedan fijados a bases de hormigón.
Sin embargo, son múltiples los ejemplos que demuestran la existencia de radares de la Dirección General de Tráfico (DGT) que han sido instalados de forma incorrecta, incumpliendo de forma significativa la normativa europea.
Esta infracción, que se repite en muchos dispositivos en España, abre una brecha legal para impugnar la validez de las multas emitidas por estos radares.
El impacto en la red de radares en España
En la actualidad, la DGT opera con una red de más de 780 radares fijos y 1.325 móviles distribuidos en toda la geografía española.
Algunas estimaciones hablan de que hasta un 30 % de estos radares podrían no cumplir con la normativa de distancia mínima establecida, lo que pone en duda la legalidad de su instalación y cuestiona la validez de las sanciones que generan.
En otras palabras, si un radar no cumple con esta disposición de seguridad, las multas que emita podrían ser impugnables, lo que representa una oportunidad para aquellos conductores afectados por sanciones que, según esta normativa, serían improcedentes.
¿Cuándo es válida una multa de radar?
Otro punto crítico en la validez de las multas de radar en España es la necesidad de contar con una prueba visual sólida.
La normativa de la DGT exige que, para que una sanción de velocidad sea considerada válida, el radar debe capturar al menos dos fotogramas del vehículo en cuestión, cada uno tomado en un instante diferente y que muestre claramente la infracción. No es suficiente que se capture una imagen y luego se amplíe: deben ser dos imágenes distintas.
Este requisito se ha convertido en un argumento de peso en los tribunales, ya que sin estas dos imágenes claras y distintas, la evidencia puede considerarse insuficiente, y el infractor puede impugnar la multa con éxito. El juzgado de Córdoba se refirió a este criterio, estableciendo un precedente legal que podría extenderse a otros casos.
¿Qué significa esto para los conductores?
Para los conductores que han recibido sanciones de estos radares, el incumplimiento de cualquiera de estas normativas (la distancia a las barreras de seguridad o la falta de dos fotogramas distintos) representa una oportunidad para recurrir.
De hecho, este fallo legal puede convertirse en un resquicio aprovechable por aquellos que consideran que han sido injustamente sancionados, especialmente en carreteras y zonas en las que se sospeche que los radares están mal ubicados.
Este descubrimiento también genera una alerta para la DGT, que podría verse en la necesidad de revisar y reubicar cientos de radares en el país, con el objetivo de alinearse con las normas europeas y asegurar que sus dispositivos estén en condiciones de emitir multas válidas.