Pasar la ITV con defectos en ABS y retrovisores será más difícil desde junio

La última revisión del Manual de Procedimiento de ITV, la versión 7.5.0, entra en vigor el 1 de junio de 2021. Hay pocos cambios respecto a la versión vigente ahora, pero conviene conocerlos: problemas en ABS, en los espejos retrovisores, y a la hora de importar vehículos británicos.

Pasar la ITV con defectos en ABS y retrovisores será más difícil desde junio

6 min. lectura

Publicado: 31/05/2021 18:00

Los técnicos que trabajan en las estaciones de Inspección Técnica de Vehículos se rigen por el Manual de Procedimiento de ITV, lo que ahí pone «va a misa», tanto para bien como para mal. Este Manual se va actualizando cada cierto tiempo y siempre puede verse en la web de AECA-ITV al día.

La última revisión es la 7.5.0, que incluye toda la parafernalia de medidas anti-COVID. ¿Qué nos importa de la última revisión? Básicamente, se endurecen tres criterios para superar la inspección con éxito, y estos son de sentido común.

Hasta la fecha, la «Señal óptica de aviso de fallo del ABS encendida» se estaba considerando como un defecto leve (DL), pero pasa a considerarse como un defecto grave (DG), por lo que no se puede superar la inspección con el testigo del ABS encendido.

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Un vehículo equipado con ABS, si este falla, es como circular sin ABS, por lo que esto puede ocurrir: ir en línea recta contra el obstáculo que se pretende evitar

Los vehículos equipados con antibloqueo de frenos (ABS) tienen un sistema electronico con unos componentes básicos: sensores de movimiento de ruedas y centralita. En cada arranque se hace una comprobación de comunicación de estos componentes.

Lo normal es que el testigo del ABS se encienda durante uno o pocos segundos, mientras dura la comprobación. Si no se enciende, apunta a una luz de tablero fundida. Si el testigo se queda encendido significa que el sistema ABS no va a funciona correctamente, se puede circular, pero con la posibilidad de sufrir un bloqueo de ruedas al frenar con decisión.

En otras palabras, circular sin ABS es más peligroso

Sigue siendo posible superar la inspección si la luz de aviso es del sistema ESC, ESP, VCA o como quiera llamarlo el fabricante, pero no con el testigo del ABS. La inspección se marcará como desfavorable y solo se podrá circular hasta un taller, subsanar el problema, y volver a pasar ITV en menos de dos meses.

Esta situación ya no implica solamente una multa circulando, también no superar la ITV

El nuevo manual de procedimiento también considera un defecto grave (DG) el riesgo de desprendimiento de los retrovisores, así como de otros elementos de la carrocería, por el riesgo que supone para otros vehículos y usuarios de la vía.

La simple «fijación defectuosa» continúa siendo un defecto leve (DL)

Esto significa que aquellos que llevan un espejo retrovisor con una «ñapa» de cinta aislante, cuerdas o similares, con tal de no poner un retrovisor nuevo o arreglarlo, puede significar inspección desfavorable. Da igual que haya sido por vandalismo, dejadez, deterioro natural o por haber sufrido un golpe.

Por otra parte, en el caso de habernos presentado a la inspección técnica sin tener el permiso de circulación, se podrá comprobar de forma telemática a través del Registro General de Vehículos de la DGT en el momento. También se considera válido llevar la aplicación miDGT, el permiso de circulación digitalizado es como llevarlo en formato físico.

Si piensas matricular un vehículo británico que se haya registrado allí este año, esto te interesa

Malas noticias para los que importen vehículos del Reino Unido

Hace meses que se consumó el divorcio entre el Reino Unido y la Unión Europea, el «Brexit», por lo que se considera como un país extracomunitario, como lo puede ser Uganda, Estados Unidos o Australia. Eso complica la importación de vehículos procedente del archipiélago y hace que pierdan parte de su atractivo. Es el mismo caso que si hablamos de Andorra y de Suiza.

Los vehículos que se pretendan matricular en España, con posterioridad al 31 de diciembre de 2020, requieren los mismos trámites que si vienen de un tercer país. Su homologación no sirve si es posterior a esa fecha, si es anterior, se considera válida. Es decir, se podrá seguir trayendo vehículos británicos siempre y cuando se matriculasen allí antes del 31/12/2020.

La matriculación seguirá siendo posible de ser más modernos, pero con un coste administrativo muy superior, ya que hace falta una homologación individual. Si el vehículo es procedente de otro país de la Unión Europea, aunque se matriculase por primera vez (o una vez anterior) en el Reino Unido, no hay ningún problema. Ninguno más que con cualquier vehículo comunitario que se matricule en España, claro.

Fuente: AECA-ITV

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