Habrá más mano dura contra los reincidentes en consumo de alcohol y/o drogas

La DGT prepara un cambio legislativo para apartar de las carreteras a los conductores que sufran adicción al alcohol y/o cualquier droga. De esta forma se impedirán las renovaciones del permiso, y tendrán que superar su adicción para volver a conducir.

7 min. lectura

Publicado: 09/03/2017 20:00

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La combinación de alcohol y drogas al volante en nuestro país no tiene nada de novedoso, es un problema prácticamente tan viejo como la existencia del automóvil, pues culturalmente hablando, es algo muy arraigado en nuestra sociedad. En los últimos años el consumo al volante se ha ido reduciendo, en parte por una legislación más dura y el carné por puntos.

Sin embargo, sigue existiendo un colectivo que pone en peligro a los demás y a sí mismos porque siguen bebiendo y/o consumiendo drogas, y siguen conduciendo. No hablamos de los consumidores ocasionales o recreacionales, sino a aquellos que tienen un problema de dependencia y no pueden dejar de hacerlo. Esa gente sigue renovando el carné, les pillen o no les pillen.

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La actual legislación ya contempla esto en el Reglamento General de Conductores, concretamente en el Anexo IV.11:

"Serán objeto de atención especial los trastornos de dependencia, abuso o trastornos inducidos por cualquier tipo de sustancia. En los casos en que se presenten antecedentes de dependencia o abuso, se podrá obtener o prorrogar el permiso o licencia de conducción siempre que la situación de dependencia o abuso se haya extinguido tras un período demostrado de abstinencia y no existan secuelas irreversibles que supongan riesgo para la seguridad vial. Para garantizar estos extremos se requerirá un dictamen favorable de un psiquiatra, de un psicólogo, o de ambos, dependiendo del tipo de trastorno."

¿Cuál es el problema? Para demostrar la ausencia de adicción, se tienen que tomar muestras de sangre en el momento de la renovación del permiso, lo que en la práctica no se está haciendo. Por lo tanto, ahí existe un hueco que una nueva regulación habrá de solucionar.

El ministro del Interior, Juan Ignacio Zoido, y el director de la DGT, Gregorio Serrano, van a impulsar el mes que viene los trámites para promover una actualización legal que impida a esos conductores dependientes obtener el permiso renovado hasta que superen su adicción con ayuda de profesionales. La norma podría estar lista este año si los grupos políticos se ponen de acuerdo.

Bajo el sistema actual, la única forma de retirar de la circulación a los conductores que combinan alcohol o drogas con el volante es que les sorprendan en controles tras tener un accidente o de forma aleatoria. Los positivos en alcohol detraen puntos, y al extinguir el saldo, se puede producir una retirada del carné. En los casos más graves puede ser un delito, por conducir con el saldo de puntos agotado, o por pasarse de largo de los límites legales.

La medida puede parecer muy dura, impedir la movilidad de esos conductores, pero se trata de proteger un bien superior, la seguridad vial. La intención de los legisladores seguirá siendo la reinserción, por lo que aquellos adictos que aparquen su problema consigan conducir de nuevo más adelante.

En el estado de la técnica actual todavía no se puede garantizar la movilidad de todos los sujetos en esas condiciones. De existir ya los coches autónomos de forma generalizada, los adictos podrían seguir desplazándose siempre y cuando no utilicen el modo manual del vehículo. La ley no puede esperar a que eso ocurra.

A día de hoy, mientras dure el periodo de retirada del permiso por falta de renovación, los adictos tendrán que recurrir al transporte público, amigos y familiares, taxis o servicios equivalentes (alquiler de vehículo con conductor). Estas últimas opciones no están al alcance de todos los bolsillos de forma regular.

Recordatorio de los límites legales para conducir

Bajo la legislación española el consumo de drogas tiene una consideración binaria: hay presencia o no hay presencia, no se diferencia entre si hay influencia o no. La detección de una sustancia no autorizada implica un delito contra la seguridad vial (Art. 379.2 CP), 1.000 euros de multa y pérdida de seis puntos. Da igual que el afectado vaya "perfectamente" y tendrá que pelear en los tribunales.

En el caso del alcohol, se permite una tolerancia de hasta 0,15 mg/l en aire aspirado para noveles y profesionales, o 0,25 mg/l para el resto de conductores. Si se supera en un primer tramo ese límite, son 500 euros de sanción y la pérdida de cuatro puntos. Si sucede más de una vez en un año, equivale a duplicar el límite legal antes mencionado.

Si se superan los 0,3 mg/l en aire aspirado para noveles o profesionales, o 0,5 mg/l para el resto de conductores, la sanción se eleva a 1.000 euros y seis puntos, pero no se considera un delito. Si se superan los 0,6 mg/l, independientemente del tipo de conductor, se imputa un delito contra la seguridad vial, que implica estrenar antecedentes penales y exponerse a una condena de prisión.

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