Viajar con remolque: qué tipos hay y cómo debes instalarlo de forma legal y segura
Si necesitas más espacio de carga en tu vehículo, si necesitas transportar una carga externa pesada o simplemente una caravana, debes saber todo lo referente al tema de los remolques. Te contamos lo que dice la ley al respecto y te damos unos consejos para viajar de forma segura.
9 min. lectura
Publicado: 26/12/2023 07:00
Con el concepto de remolque nos referimos a los vehículos no autopropulsados que cumplen la función de transportar una carga mientras son remolcados por un vehículo de motor (o vehículo tractor). Se trata de una buena opción si necesitamos ampliar el espacio de carga o transportar algún elemento voluminoso y nuestro vehículo de por sí no lo permite.
Ahora bien, debemos conocer en detalle la normativa respecto a los remolques para poder cerciorarnos que cumplimos con ella y que podemos circular de forma segura. Y es que en función del tipo de remolque que necesitas, podría ser necesario pasar una ITV en tu vehículo y/o tener que sacarte un carné de conducir específico.
Puede ser que necesites transportar cualquier tipo de objetos, como otros vehículos, motos, pequeñas embarcaciones… pero también animales, como caballos o perros de caza, que suele ser lo más habitual… o directamente lo que conocemos como caravana.
Tipos de remolque
Podrás leer que hay muchos tipos de remolques diferentes. Sin embargo, la normativa en España distingue dos categorías principales: los remolques ligeros y los pesados, cuya diferencia radica en la Masa Máxima Autorizada (MMA) que puede transportar dicho remolque.
Remolque ligero
Un remolque ligero es aquel que cumple las siguientes condiciones y que precisa de los siguientes requisitos:
- Su MMA es inferior o igual a 750 kg.
- No se necesita un permiso de circulación especial: en este caso, con la licencia B para conducir turismos es suficiente.
- Tampoco se precisa de un seguro independiente.
- No será necesario que tenga una matrícula propia: deberá, eso sí, llevar un duplicado de la matrícula del vehículo tractor.
- En el caso de remolcar una caravana, recuerda que durante la marcha no puede viajar ningún ocupante en su interior: estos deberán ir dentro del vehículo tractor.
En esta categoría de remolques pueden estar incluidas estas caravanas, siempre que no superen la MMA de 750 kg. Otros tipos de remolques habituales son los llamados «remolque completo», que cuenta con un mínimo de dos ejes y al menos un eje de dirección, y el «remolque con eje central», con los ejes situados cerca del centro de gravedad del vehículo motorizado, impidiendo que el dispositivo de enganche se pueda desplazar verticalmente respecto al remolque.
Remolque pesado
Un remolque no ligero o pesado ya precisa de ciertos requisitos que el conductor debe tener muy en cuenta:
- Su MMA es superior a 750 kg.
- El conductor necesitará un permiso de circulación especial para el remolque: será necesaria la autorización B96, siempre que el conjunto no sobrepase los 4.250 kg. A partir de este límite, ya se necesitará el permiso B+E.
- El remolque sí necesitará un seguro obligatorio aparte del propio del vehículo tractor.
- Y de la misma forma, también necesitará una matrícula específica: con fondo rojo y la letra R, acompañada de la matrícula del vehículo tractor, al igual que las opciones ligeras descritas anteriormente.
Cómo instalar un sistema de acoplamiento en nuestro vehículo
Para poder instalar un remolque junto a tu vehículo, deberás tener un sistema de acoplamiento específico donde este se pueda fijar de forma legal y segura, y donde se puedan establecer las conexiones con el vehículo tractor.
La instalación de un sistema así se considera, a efectos legales, una reforma, por lo que deberías visitar un tallar para conocer exactamente lo que necesitas y para llevar a cabo las «modificaciones de los elementos del vehículo» necesarias.
La famosa bola de enganche puede ser de varios tipos: fija, desmontable y monoblock. Esta última es más utilizada por vehículos industriales y todoterreno, proporcionando una mayor consistencia.
La instalación del acople, como te imaginas, requiere una verificación y legalización, por lo que en un plazo de 15 días se deberá visitar una estación ITV. El propio remolque debe tener también su propia tarjeta ITV y debe estar homologado cuando visites la estación:
- En el caso de ser un remolque ligero, al llevar la misma matrícula que el vehículo tractor, será necesario que esté presente cuando este último pase la inspección.
- En el caso de ser un remolque pesado y considerarse un vehículo en sí, deberá pasar una ITV de forma independiente, con unos plazos diferenciados a los que conocemos en los turismos: cada dos años al principio, de forma anual desde los 6 hasta los 10 años, y luego cada 6 meses.
Consejos para conducir con remolque
Antes de iniciar un viaje con el remolque, asegúrate que está bien asegurado y que se encuentra en buenas condiciones. Revisa el sistema de alumbrado y la presión de las ruedas, siguiendo las recomendaciones del fabricante.
Ten en cuenta que las distancias de frenado aumentan entre un 15 y un 20 por ciento cuando llevamos un remolque, y que al tomar curvas cerradas el remolque puede tomar una trayectoria distinta (conviene abrir el giro en la medida de lo posible).
Ojo también con los pesos: además del propio empuje que ejerce el remolque sobre el vehículo tractor, la transferencia de masa incluye también en la presión de los neumáticos.
La DGT nos da otra serie de recomendaciones y prácticas a la hora de conducir:
- Cuidado con las ráfagas de viento lateral, ya que su efecto se incrementa al conducir con remolque.
- Se recomienda colocar la carga de 10 a 20 centímetros adelantada respecto al eje de las ruedas y lo más bajo posible.
- En el caso de que el remolque limite el campo de visión de los retrovisores, será necesario instalar unos adicionales que amplíen la visibilidad.
Conducir con remolque: velocidad y multas
Circular con remolque tiene unos límites de velocidad específicos que como conductores debemos cumplir.
- En autovías y autopistas, el límite será de 90 km/h.
- En carreteras convencionales, el límite será de 80 km/h.
- En ciudad, el límite con carácter general se mantiene en los 50 km/h.
Incumplir los límites de velocidad tiene las mismas sanciones: entre 100 y 600 euros, con la posibilidad de perder hasta 6 puntos en el carné de conducir. En el caso de no regularizar las reformas para circular con remolque, o bien por circular tras no superar la ITV con el remolque no ligero, la sanción es 200 euros en ambos casos.